Responsabilidad patrimonial

¿Ha sufrido daños por culpa de la Administración?

No se conforme con el silencio o la negativa del organismo público.

En RIVERIEGO ABOGADOS luchamos por la máxima indemnización que le corresponde. Mas de 30 años de trayectoria jurídica nos avalan.

¿Sabía que la Administración tiende a rechazar su responsabilidad sistemáticamente?

Cuando se produce un daño en un servicio público, la Administración suele escudarse en la burocracia, culpar a la víctima o simplemente guardar silencio para evitar el pago.

Si se conforma con su primera respuesta negativa, o si intenta enfrentarse solo a sus potentes servicios jurídicos sin el asesoramiento adecuado, es muy probable que su reclamación acabe archivada.

Usted necesita a alguien que esté 100% de su lado.

Caídas por desniveles en el suelo

Caídas por raíces en el suelo

Daños provocados por raices de los arboles

Mal estado de la carretera

Desprendimiento de ramas o arboles

Daños por obras públicas

  • Negligencias médicas (Sanidad pública)
  • Caídas en vía pública (Aceras, baldosas)
  • Mal estado de la carretera (Baches, señalización)
  • Accidentes en colegios públicos
  • Prisión provisional indebida
  • Anulación de licencias / Urbanismo
  • Daños por obras públicas
  • Desniveles o grietas en el suelo
  • Baldosas rotas o sueltas
  • Señales de tráfico caídas
  • Arquetas o alcantarillas descubiertas
  • Falta de limpieza
  • Daños provocados por las raíces de los árboles
  • Mala iluminación por la noche

¿Por que RIVERIEGO ABOGADOS?

¿Qué plazo tengo para reclamar a la Administración?

El plazo es muy estricto, tiene un año (1 año) para reclamar. Este año empieza a contar desde que se produjo el hecho causante o, en caso de daños físicos o psíquicos, desde la curación o la determinación de las secuelas. Si deja pasar este plazo, perderá su derecho a ser indemnizado, por lo que es vital actuar rápido.

Es muy habitual. Se conoce como Silencio Administrativo. Pasados 6 meses sin respuesta, se entiende que su reclamación ha sido desestimada (rechazada). Esto no es el fin, sino el trámite necesario para poder acudir a la vía judicial, donde nosotros defenderemos sus derechos frente a los tribunales.

Se puede reclamar una indemnización por cualquier daño que sea efectivo, evaluable económicamente e individualizado. Esto incluye:

  • Daños personales: Lesiones físicas y secuelas psicológicas.

  • Daños materiales: Objetos rotos, vehículos dañados, etc.

  • Lucro cesante: El dinero que ha dejado de ganar por culpa del accidente o la negligencia.

Para que la reclamación prospere, necesita recabar pruebas en el momento:

  • Llame a la Policía Local para que levante atestado y saque fotos del estado de la calle.

  • Acuda inmediatamente a Urgencias (el parte médico es fundamental).

  • Si hay testigos, pida sus datos de contacto.

  • Conserve todos los tickets de gastos (taxis, medicación, ropa rota).

  • Contáctenos antes de presentar ningún escrito por su cuenta.

Indemnización de 29.310,72 euros por caída en la vía pública

La falta de mantenimiento del acerado, dio lugar a la caída de nuestra clienta en la calle Real de San Fernando, consiguiendo una indemnización por los daños y lesiones sufridas por dicha caída.

Indemnización de 29.310,72 euros por caída en la vía pública

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Devolución de 533 euros por tasas cobrados indebidamente

El Ayuntamiento de El Puerto de Santa María giró a nuestro cliente una liquidación de 553 euros por la tasa de entrada de vehículos, basándose únicamente en el indicio de la existencia de una puerta cochera y un rebaje en el acerado.

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