Derecho de circulación y seguros
¿Ha sufrido un accidente de tráfico?
No se conforme con la primera oferta de su aseguradora.
En RIVERIEGO ABOGADOS luchamos por la máxima indemnización que le corresponde. Mas de 30 años en el sector del derecho de la circulación nos avalan.
¿Sabía que una primera oferta de indemnización puede no siempre refleja la totalidad de sus daños?
La valoración del daño corporal es un proceso técnico de alta complejidad. Con frecuencia, las ofertas iniciales se calculan de forma estandarizada y pueden dejar fuera partidas fundamentales como secuelas futuras, gastos de rehabilitación a largo plazo o pérdidas económicas derivadas del accidente (lucro cesante).
Accidentes de vehículos
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Incendio de vehículos
Bicicletas/ MVP/ Patinetes
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Peatones
¿Por que RIVERIEGO ABOGADOS?
- +30 años de ejercicio
- Experto en circulación desde sus inicios
- Amplio listado expertos médicos
- Independencia
¿Qué se puede reclamar?
- Daños materiales
- Daños personales
- Lucro cesante
- Daño moral
- Gastos sanitarios
- Fallecimientos
¿Cuánto tiempo tengo para reclamar tras un accidente de tráfico en España?
El plazo para reclamar por un accidente de tráfico en España es de un año tanto para los daños personales como para los daños materiales.
¿Puedo reclamar por daños si soy peatón o ciclista en un accidente de tráfico?
Sí, como peatón o ciclista, tienes derecho a reclamar una indemnización por los daños sufridos en un accidente de tráfico, independientemente de si el accidente fue causado por un vehículo. La reclamación sigue el mismo proceso que para los conductores de vehículos.
¿Puedo reclamar a un peatón, ciclista o conductor de VMP por los daños causados?
Sí, puedes reclamar una indemnización por los daños personales y materiales causados si el peatón, ciclista o conductor de VMP (Vehículo de Movilidad Personal) fue el responsable exclusivo del accidente.
¿Puedo reclamar daños materiales si el conductor responsable no tiene seguro?
Si el conductor responsable no tiene seguro, puedes reclamar los daños materiales a través del Consorcio de Compensación de Seguros. Este organismo se encarga de indemnizarte por los daños a tu vehículo si el accidente cumple con los requisitos.
¿Qué es el Consorcio de Compensación de Seguros en España?
El Consorcio de Compensación de Seguros es una entidad pública que interviene en accidentes donde el responsable no tiene seguro o en casos de accidentes con vehículos no identificados. También cubre daños provocados por fenómenos naturales, como inundaciones o tormentas.
Indemnización de 11.286,01 euros
En septiembre de 2.025 circulaba con su motocicleta, cuando al acceder a una rotonda, pierde el control de la misma al pisar un reguero de liquido deslizante, deslizándose por varios metros.
11.286,01 euros
El Consorcio de Compensación de Seguros en vía extrajudicial abonó 11.286,01 euros por los daños personales. Correspondiendo 9.310,52 euros por los días de perjuicio personal y 1.975,49 euros por secuelas.
Indemnización de 16.221,28 euros
En noviembre de 2.025 trabajando en el puerto, se encontraba al lado de su furgoneta, cuando un remolque se soltó dejándole atrapado entre el remolque y su furgoneta.
16.221,28 euros
La Compañía aseguradora del remolque vía extrajudicial abonó 16.221,28 euros por los daños personales. Correspondiendo 12.873,20 euros por los días de perjuicio personal y 3.348,08 euros por secuelas.